¿Es necesario siempre un proceso judicial por problemas del ruido? | Mediciones Acústicas Madrid
No. No siempre es necesario llegar a juicio. En ocasiones es suficiente una medición acústica que acredite las molestias por ruidos que se están produciendo.
En esta ocasión nos trasladamos a la localidad de Navalagamella, situada a unos 50 Km de Madrid capital.
Los propietarios de la vivienda emplazada en un bajo, de la Avenida de la Constitución de esta localidad, han sufrido (durante un periodo dilatado en el tiempo), afecciones ruidosas derivadas de la actividad de una cafetería situada de modo adyacente.
El funcionamiento de la cafetería resultaba especialmente molesto los fines de semana, sobre todo a primera hora del día, momento en el que se producía la mayor afluencia de clientela y el arrastre y almacenamiento de las mercancías del local.
Estos RUIDOS han impedido a los afectados un mínimo descanso y el normal uso de la vivienda, perturbando la tranquilidad del domicilio y el derecho a la intimidad.
Los propietarios de la vivienda contactaron con el despacho de abogados: AYALA & GONZALEZ, especialistas en la asesoría jurídica de afectados por problemas de ruido.
El gabinete determinó, como primer paso, la realización de una MEDICION ACUSTICA para determinar los niveles de inmisión de RUIDO a los que estaba siendo sometida la vivienda mencionada. Las mediciones del nivel sonoro fueron realizadas por ACUSTICALIA, en el mes de marzo de 2015.
Durante el ensayo acústico, se realizaron múltiples muestreos del nivel sonoro en el dormitorio de la vivienda mencionada, ya que ésta era la estancia del domicilio más perjudicada por la actividad del local.
Durante las mediciones acústicas (realizadas en el periodo día) se detectaron niveles sonoros de hasta 49 dB(A) a los que se sumaron las penalizaciones correspondientes, obteniendo unos niveles sonoros resultantes de 55 dB(A).
Estos niveles sonoros, superan en 15 dB(A) los límites sonoros para el periodo día establecidos en el Real Decreto 1367/2007 por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
Certificado Acústico
El certificado acústico, emitido por Acusticalia, donde se incluía el resultado de las mediciones de ruido; fue puesto en conocimiento de la concejalía correspondiente del Ayuntamiento. Ante la evidencia de los resultados, el propietario ha procedido al cierre del local.
En este caso no ha sido necesario llegar a juicio, puesto que ha sido suficiente una medición acústica que evidenciara las afecciones sonoras sobre la vivienda. Se ha evitado, de este modo, los costes económicos y la dilatación temporal que implica cualquier contencioso jurídico.
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Si su caso es parecido al descrito, póngase en contacto con nosotros. Le asesoraremos, sin ningún compromiso, para que pueda solucionar sus problemas de ruido de la forma más eficaz.